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Nuevas disposiciones Pesca de Subsistencia
Pesca de Subsistencia Disposición 124/08 de junio 2020 DPRN.
Se habilita de lunes a lunes, de 08 a 18 horas. El pescador de costa deberá cumplir distanciamiento social, uso de tapabocas e higiene con alcohol en gel.
Habiéndose autorizado en todo el territorio de la Provincia la práctica de la pesca de Subsistencia, de costa, las especies que pueden ser sustraídas del rio son:
Armado: Medida mínima: 45 cm. Cantidad 5 (Cinco) piezas por persona, por día.
Bagre: Medida mínima: 20 cm. Cantidad 5 (Cinco) piezas por persona, por día.
Boga: Medida mínima: 45 cm. Cantidad 5 (Cinco) piezas por persona, por día.
Manduré: Medida mínima: 40 cm. Cantidad 5 (Cinco) piezas por persona, por día.
Moncholo: Medida mínima 30 cm. Cantidad 5 (Cinco) por persona, por día.
Palometa: Medida mínima 20 cm. Cantidad 10 (Diez) por persona, por día.
Patí: Medida mínima: 70 cm. Cantidad 3 (Tres) por persona. por día.
Queda totalmente prohibida la pesca de las especies Dorado y Surubí.
No está habilitado el acampe en esta modalidad.
Departamento de Prensa. Municipalidad de Paso de la Patria.