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Pesca de subsistencia

Pesca de Subsistencia Disposición 124/08 de junio 2020 DPRN.

Se habilita de lunes a lunes, de 08 a 18 horas. El pescador de costa deberá cumplir distanciamiento social, uso de tapabocas e higiene con alcohol en gel.

Habiéndose autorizado en todo el territorio de la Provincia la práctica de la pesca de Subsistencia, de costa, las especies que pueden ser sustraídas del rio son:

Armado: Medida mínima: 45 cm. Cantidad 5 (Cinco) piezas por persona, por día.

El Gobierno de la provincia de Corrientes, a través de la Dirección de Recursos Naturales, dispuso la Prohibición de toda actividad de pesca, comercial, deportiva y de subsistencia.

El Comité de Crisis de Paso de la Patria informa:

En el marco de la emergencia sanitaria por Covid-19 dispuesta por DNU presidencial. “No se autoriza pescar” en la Villa Turística, en ninguna de sus modalidades (embarcada, de costa, con devolución), por tiempo indeterminado.

Solo se permite la “Pesca de subsistencia” a los vecinos que lo necesitan para garantizar su alimentación y/o la de su familia. La excepción permite pescar solo por un plazo máximo de 2 horas, entre las 9 y las 12 o entre las 17 y las 20.